Tema 3: Gestión integrada de Zonas Costeras

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  • Comisión Europea 2000: comunicación sobre la gestión integrada de las zonas costeras y recomendación del Parlamento Europeo y del Consejo en relación a la implementación de la gestión integrada de zonas costeras en Europea.
  • España 2005: Gestión integrada de las zonas costeras en España.
  • Gestión integrada de zonas costeras: proceso de administración que se dirige al desarrollo humano pero pretende conservar los recursos naturales y culturales.
  • Principios generales para la GIZC: el área costera es único y requiere un enfoque especial, el agua es la mayor fuerza integradora, resulta esencial que los usos del mar y la tierra sean considerados al unísono, el borde del mar es el principal foco de atención, los límites deberían estar fundamentados en criterios y poder adaptarse, conservación de la propiedad pública y prevención de daños, niveles de gobierno, enfoque sincrónico, evaluar beneficios económicos y sociales, uso sostenible, usos múltiples, diferentes sectores, gestión tradicional y evaluación de impacto ambiental.
  • Dominio público marítimo-terrestre: Se trata de un terreno de dominio público integrado por bienes que por definición constitucional gozan de un carácter inalienable (no se puede Vender, donar o ceder), imprescriptible (no puede perder vigencia o validez) e inembargable: playas, aguas interiores, mar territorial y los recursos naturales de la zona económica y la plataforma continental.
  • Zona de influencia: : zona que abarca, como mínimo, 500 metros a partir del límite interior de la ribera del mar, en la que se establecen condiciones mínimas para la protección del DPMT, que deberán ser respetadas por la ordenación territorial y urbanística.
  • Servidumbre de protección: área para la defensa e integridad del DPMT que recae, con carácter general, sobre una zona de 100 metros medida tierra adentro desde el límite interior de la ribera del mar. En esta zona existe propiedad privada pero se limitan las instalaciones y obras permitidas.
  • Servidumbre de tránsito: franja de 6 metros, ampliable hasta 20 metros en lugares de tránsito difícil o peligroso, medidos tierra adentro a partir del límite interior de la ribera del mar. Esta zona deberá dejarse libre para el paso público peatonal y para los vehículos de vigilancia y salvamento.
  • Dominio-público Marítimo-Terrestre y Cambio Climático: la ribera del mar es sensible a la subida del nivel medio del mar vinculada al cambio climático, la determinación de la zona marítimo-terrestre debe considerar las amenazas y efectos del cambio climático, establecimientos de una planta sin sótano, y se necesita objetivos y regulación que module.
  • Zonificación marina: se refiere a un esquema para dividir un área marina en distritos, y dentro de éstos, regular usos para alcanzar propósitos específicos. Tiene dos componentes; el primero es un mapa que muestra las zonas y el segundo es un conjunto de normas o estándares aplicables a cada tipo de zona creada.
  • La zonificación es una herramienta esencial para el manejo integrado de costas y zonas marinas, y sirven de apoyo para comprender cómo y dónde se distribuyen los taxa para delimitar fronteras entre regímenes oceanográficos.
  • En alta mar la zonificación está mucho menos desarrollado que en las áreas de plataformas terrestres, costeras y continentales.
  • Las áreas protegidas en el medio marino están subrepresentadas en la red global de áreas protegidas siendo solo el 0,5%.
  • enfoque para la clasificación de ambientes marinos: métodos taxonómicos, métodos fisonómicos, geografía ecológica y regiones políticas o de gestión de la gobernabilidad.
  • Ley 41/2010 de Protección del Medio Marino resulta de la Directiva 2008/56/CE sobre la estrategia marina.
  • La estrategias marinas se constituyen como los instrumentos esenciales para la planificación, y se elaborará sobre una estrategia para cada una de las demarcaciones marinas establecidas.
  • La Ley 41/2010 proporciona los siguientes instrumentos: figura de demarcaciones marinas, actualizadas cada 6 años, programas de medidas de las demarcaciones marinas, comisión interministerial de estrategias marinas, el comité de seguimiento de la estrategia marina, crea de red de áreas marinas protegidas de España, directrices para el plan director de la red de áreas marinas protegidas de España y directrices para la gestión de vertidos en el mar.
  • En la estrategia se definen dos objetivos: revisar y adaptar el modelo de gestión y toma de decisiones incorporando los principios de Gestión Integrada de las Zonas Costeras.
  • Convenio de Barcelona 2008 el Protocolo de Gestión Integrada de las Zonas Costeras impulsando el Plan de Acción del Mediterráneo de las Naciones Unidas para adoptar un modelo de gestión integral y compatible en el mantenimiento de sus ecosistemas y el desarrollo ambiental y económico del litoral y medio marino de Andalucía.
  • CAMP: Programa de Gestión de Áreas Costeras en los países de la cuenca del Mediterráneo desde hace más de 20 años.
  • El levante de Almería es un lugar de referencia en el territorio nacional e internacional, por ser pionero en la aplicación efectiva del Protocolo GIZC cuya implementación comenzó en 2010.
  • Junta de Andalucía 2007 elaboró una propuesta de Estrategia Andaluza de Gestión Integrada de Zonas Costeras participando todos los actores que intervienen en la franja litoral andaluza. La comunidad Autónoma de Andalucía ostenta importantes competencias derivadas de la Constitución relacionadas con las Zonas Costeras. Compartiendo así con la Administración General del Estado el conjunto de responsabilidades públicas en este ámbito de referencia.
  • Responsabilidades de la Junta de Andalucía: urbanismo, ordenación del territorio, ordenación del litoral, pesca marítima y recreativa en aguas interiores, marisqueo y acuicultura, almadraba y pesca en artes menores, el buceo profesional, puertos pesqueros y deportivos, marismas, lagunas y ecosistemas acuáticos, ordenación y gestión integral de los espacios naturales protegidos, patrimonio histórico,...
  • Principios de la Estrategia Andaluza de la GIZC: formulación de la estrategia en consonancia con las posibilidades reales, crear condiciones necesarias para el avance, conciliar políticas sectoriales, la Junta de Andalucía debe fomentar la GIZC, diálogo y el debate entre las partes interesadas, conciencia pública y política, movilización, involucrar técnicos y funcionarios, y fuentes para obtener recursos.
  • GIZC en Andalucía: admitiendo los principios generales de la GIZC y la experiencia de las Comunidades Autónomas, Europa y el mundo, con la participación de representantes de las principales instituciones públicas, incorporando conocimiento científico y técnico y trabajando con un método específico para la elaboración de estrategias de gestión en el ámbito público de actuación.
  • Zonas especialmente protegidas de importancia para el mediterráneo (ZEPIM): Convenio de Barcelona, establecimiento de una red de espacios marinos y costeros protegidos que garanticen los hábitats mediterráneos más representativos y las áreas mejor conservadas.
  • Las ZEPIM corresponden a la administración general del estado siempre que no exista continuidad ecológica del ecosistema marino con un espacio natural terrestre objeto de protección. La declaración y gestión de las ZEPIM corresponde a las Comunidades Autónomas cuando exista tal continuidad ecológica.
  • POSIMED: red de seguimiento de las praderas de Posidonia oceánica en Andalucía.
  • Metodología para el seguimiento de praderas de fanerógamas marinas: densidad de haces, cobertura lineal o por intercepto, cobertura por cuadrícula, longitud de hoja, desenterramiento/enterramiento y índice de conservación.
  • El desenterramiento de los haces verticales de posidonia oceanica es un síntoma de erosión de la pradera. Tanto el desenterramiento como la deposición de sedimento (enterramiento) provoca un aumento de la mortalidad de haces de la pradera. Para que la pradera se mantenga en equilibrio el sedimento debe ser estable o acumularse lentamente para que la pradera pueda reaccionar. Acumulaciones superiores a 10 cm provocan una mortalidad de haces del 50%.
  • Algunas medidas de conservación de las pradera oceánica: instalación de arrecifes artificiales disuasorios para la pesca ilegal de arrastre, instalación de fondeos ecológicos, regulación del fondeo libre, y control y seguimiento de especies exóticas invasoras.
  • Algunas medidas de restauración de zonas degradadas: recuperación con materiales gruesos, repoblación mediante trasplantes, medidas sociales mediante procesos participativos en los planes de gestión de las praderas en LICs, divulgación, sensibilización y capacitación, y entidades de custodia marina.