Tributario General

Cards (107)

  • Tributos
    Son los aportes que los contribuyentes hacen al Estado y que se destina al sostenimiento de las cargas públicas
  • Tipos de tributos
    Tasas
    Contribuciones especiales
    Impuestos
  • Órganos encargados de los tributos
    Dirección General de Impuestos Internos (DGII)Dirección General de Aduanas (DGA)
  • Constitución
    Tributar, de acuerdo con la ley y en proporción a su capacidad contributiva para financiar los gastos e inversión públicas” Art. 75
  • Exenciones
    Ventaja fiscal de la que por ley se beneficia un contribuyente y en virtud de la cual es exonerado del pago total o parcial de un tributo.
  • Aumentar la base y disminuir la tasa
    Aumentar la cantidad de contribuyentes y disminuir la cantidad que se cobra
  • Funciones del impuesto
    Alimentar fondos públicos
    Redistribuciones de riqueza
    Función de incentivo o disuasión
  • Actividades que generan obligaciones tributarias
    Ingresos de fuente dominicana
    Prestación o adquisición de servicios
    Posesión de bienes inmuebles
    Transacciones en entidades bancarias
  • Elementos del tributo
    Sujeto activo: el estado
    Sujeto pasivo: personas físicas y jurídicas
    Materia imponible: sobre qué se cobra
    Hecho generador: hechos o circunstancias que generan la obligación de pagar un impuesto
  • El régimen tributario está basado en los principios de legalidad, justicia, igualdad y equidad
  • Tasa
    es un tributo que debe pagar un consumidor o usuario por el uso privado de un bien o servicio de dominio público.
  • Principios de la ley 107-13
     Eficacia
    Jerarquía
    Objetividad
    Igualdad
    Transparencia
    Economía
    Publicidad
    Coordinación
  • Suspensión administrativa 
    El órgano administrativo ante el cual se recurra un acto administrativo podrá, de oficio o a petición de parte, acordar la suspensión de los efectos del acto recurrido en el caso de que su ejecución pudiera causar grave perjuicio al interesado, o si la impugnación se fundamentare en la nulidad de pleno derecho del acto, pudiendo exigir la constitución previa de una garantía
  • Jerarquía de normas
    Constitución
    Principios Generales
    Ley Reglamentos
    Normas Generales
    Consultas
  • Norma general
    Norma dictada por la administración tributaria
  • Norma general contraria al reglamento
    El reglamento es superior a la norma general
  • Irretroactividad
    Las consultas técnicas aplican exclusivamente al consultante, por el principio de igualdad de trato.
  • Oŕganos de la administración tributaria
    DGII
    DGA
    Ministerio de Hacienda (supervisor)
  • Facultades de la administración tributaria
    Facultad normativa
    Facultad de inspección y fiscalización
    Facultad de determinación
    Facultad sancionadora
  • Sobre los anticipos
    Desde el año fiscal 2006 todos los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta que fueren personas jurídicas y negocios de único dueño, cuya tasa efectiva de tributación sea menor o igual a 1.5% (uno punto cinco por ciento), pagarán sus anticipos correspondientes sobre la base de doce cuotas mensuales iguales, resultantes de aplicar el 1.5% a los ingresos brutos declarados en el año fiscal anterior.
  • Las personas jurídicas y negocios de único dueño cuya tasa efectiva de tributación sea mayor que 1.5% (uno punto cinco por ciento), pagarán mensualmente como anticipo la doceava parte del impuesto liquidado en su declaración anterior.
  • Los anticipos no son opcionales
  • Tipos de pagos de impuestos
    Pago a cuenta
    Se devuelve.
    Pago definitivo
    No se devuelve.
  • Eliminación total o parcial del ISR
    Los contribuyentes que demuestren una reducción significativa de sus rentas en el ejercicio corriente podrán solicitar, por lo menos quince (15) días antes del vencimiento, la exención total o parcial de efectuar el anticipo previsto en este artículo. La Administración Tributaria podrá acoger esta solicitud siempre que, a su juicio, existan causas de fuerza mayor o de carácter extraordinario que justifiquen la imposibilidad de realizar dichos pagos.
  • Eliminación del anticipo
    A Hacienda le correspondería, según el Numeral 8 de su Artículo 3.
  • Modificación del régimen TST
    El TST no aplicaría cuando se desempeña bajo ciertos sectores. Permite deducir el 40% de los gastos. 
  • Escala general
    Los tramos de la escala salarial para el año 2022 son los siguientes: Rentas hasta RD$416,220.00: Exento. Rentas desde RD$416,220.01 hasta RD$624,329.00: 15% del excedente de RD$416,220.01. Rentas desde RD$624,329.01 hasta RD$867,123.00: RD$31,216.00 más el 20% del excedente de RD$624,329.01.
  • Extinción de la obligación tributaria
    1. Pago
    2. Compensación
    3. Confusión
    4. Prescripción.
  • Pago
    El pago es el cumplimiento de la prestación del tributo debido y debe ser efectuado por los sujetos pasivos.
  • Compensación
    La Administración Tributaria, de oficio o a petición de parte, podrá compensar total o parcialmente la deuda tributaria del sujeto pasivo con el crédito que éste tenga a su vez contra el sujeto activo por concepto de tributos, intereses y sanciones pagadas indebidamente o en exceso, siempre que tanto la deuda, como el crédito sean ciertos, firmes, líquidos, exigibles, provengan de un mismo tributo y/o sus intereses y sanciones, y se refieran a períodos no prescritos, comenzando por los más antiguos.
  • Confusión en materia tributaria
    La obligación tributaria se extingue por confusión cuando el sujeto activo de la obligación como consecuencia de la transmisión de bienes o derechos objetos de los tributos, quedare colocado en la situación del deudor, produciéndose iguales efectos que el pago.
  • Prescripción en materia tributaria
    Debido al vencimiento de un plazo, la prescripción no es exigible ya. La Prescripción Deberá Ser Alegada Por Quien La Invoca, Ya Sea Ante La Administración Tributaria O Ante Los Órganos Jurisdiccionales.
  • Plazo de prescripción
    El plazo de prescripción se contará a partir del día siguiente al vencimiento del plazo establecido en esta ley para el pago de la obligación tributaria, sin tenerse en cuenta la fecha de pago del impuesto o la de la presentación de la declaración tributaria correspondiente.
  • Ejemplos de la confusión de un derecho
    Cuando el acreedor muere y el deudor es su hijo
    Cuando se es heredero del deudor y acreedor
    Cuando un inmueble con cargas del estado se transfiere al estado
    Cuando dos empresas se fusionan
  • INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA 

    Artículo 26. De La Mora. El no cumplimiento oportuno de la obligación tributaria constituye en mora al sujeto pasivo, sin necesidad de requerimiento o actuación alguna de la Administración Tributaria. 
  • Amnistía- Facilidades de pago

    Amnistia y facilidad de pago son cosas diferentes.
    En la amnistia a la DGII se le olvida lo que le debes y pagas solo una fraccion o tal vez pagues solo la base y no la mora.
    Con la amnistia no puede ir la DGII a revisarte.
    La facilidad de pago es solo para terminar un caso abierto.
    En la amnistia no se esta declarando la culpabilidad.
  • Fisco es sinónimo de administración tributaria
  • Artículo 30. Órganos De La Administración Tributaria. 

    La administración de los tributos y la aplicación de éste Código y demás normas tributarias, compete a las Direcciones Generales de Impuestos Internos y de Aduanas, quienes para los fines de éste Código se denominarán en común, la Administración Tributaria. 
  • ¿Qué son las Retenciones del Impuesto Sobre la Renta (ISR)?

    Son las deducciones efectuadas por los agentes de retención a los pagos de salarios, sueldos y otros ingresos en una cantidad determinada por la ley, reglamentos o las normas emitidas por la Administración Tributaria.
  • ¿Quiénes son Agentes de Retención del ISR?

    De acuerdo al artículo 309 del Código Tributario son los responsables directos que deben efectuar la retención del impuesto correspondiente y pagarlo a la Administración Tributaria dentro del plazo establecido