Procesal Civil II

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  • Incidentes
    son aquellas que se formulan después de la demanda introductiva de instancia. Son adicionales, que modifican o amplían la demanda principal.
  • Demandas reconvencionales
     son aquellas que lanza el demandado contra el demandante.
  • Medios de inadmisión
    Los medios de inadmisión pueden ser invocados en todo estado de causa, como las defensas, a diferencia de las excepciones, que deben ser solicitadas antes de toda defensa al fondo o medio de inadmisión
  • Citación vs emplazamiento
    El emplazamiento es para el juzgado de paz y la citación es para los demás
  • Avenir
    No se utiliza en el juzgado de paz
  • Defecto
    Cuando la parte fue debidamente notificada pero no apareció
  • La primera audiencia usualmente resulta en comunicación de documentos
  • Principio dispositivo del derecho procesal civil

    El proceso depende de las partes
  • Incidente
    Aquello que interrumpe el proceso o modifica los petitorios
  • Recurso de oposición 

    Recurso que puede someter la parte declarada en defecto.
  • Recursos
    Apelación
    Casación
    Oposición
    Revisión
    Tercería
    Impugnación
  • Proceso: Conjunto de formalidades que deben de cumplir las partes a fin de que el órgano competente pueda decidir ponerse en situación de decidir  sobre su derecho.
  • Apelación: Acción que busca la re-examinación de la sentencia impugnada debido a carencias en la decisión tomada sobre el fondo del caso.
  • Instancia: Una situación de derecho creada por una parte.
  • Actos procesales: Acto que tiene un efecto jurídico en las partes que le competen
  • Acción:

    Medio que utiliza un sujeto de derecho para hacer valer el mismo.
  • Desistimiento
    Terminación anormal de un proceso cuando una parte desea abandonar su pretensión
  • Pretensión
    Alegato de la parte que justifica el deber de amparar su derecho
  • Demandas adicionales
    Las incoa el demandante
  • Excepciones
    Nulidad
    De competencia
    Litispendencia
    Conexidad
    Dilatorias
  • La demanda reconvencional se incoa al tribunal que esté llevando el proceso
  • El tercero puede intervenir en el proceso de dos formas
    Insertándose voluntariamente en el proceso dentro de la demanda incidental, donde se vuelve parte
    Mediante la tercería, donde no se vuelve parte
  • Incidentes relativos a la modificación de la pretensión de las partes
    La demanda introductiva
    La demanda adicional
    La demanda reconvencional
    La demanda en intervención voluntaria
    La demanda en intervención forzosa
  • La demanda introductiva se notifica a la persona o domicilio, tiene como objeto las pretensiones, y su conocimiento se adhiere a las reglas procesales
  • La demanda adicional se notifica al abogado, tiene como modificar las pretensiones, y su conocimiento es al tribunal apoderado de la demanda introductiva
  • La demanda reconvencional se notifica al abogado, tiene como objeto condenar al demandante suministrar una prestación al demandado, y su  conocimiento es al tribunal apoderado de la demanda introductiva
  • La demanda en intervención voluntaria se notifica al abogado, tiene como fin salvaguardar el interés del tercero con relación al objeto, y su conocimiento es al tribunal apoderado de la demanda introductiva
  • La demanda en intervención forzosa se notifica a la persona o domicilio, tiene como fin hacer la instancia común y la sentencia oponible al tercero, y su conocimiento es al tribunal apoderado de la demanda introductiva
  • INCIDENTES RELATIVOS  A LA PRUEBA
    INSCRIPCIÓN EN FALSEDAD
    VERIFICACIÓN DE ESCRITURA
    DENEGACIÓN
    INCIDENTE
  • INSCRIPCIÓN EN FALSEDAD
    Un acto auténtico, un acto emitido por un oficial de la justicia que tiene fe pública. 
  • VERIFICACIÓN DE ESCRITURA
    Es un contra todo acto bajo firma privada que usted alega que alguien firmó ese contrato y esa persona dice que no. 
  • DENEGACIÓN: 
    herramienta contra oficiales, abogados que dicen actuar o que han actuado que no es verídico.
  • INCIDENTE: 
    Todo lo que retrasa, interrumpe o suspende el proceso.
  • INCIDENTES RELATIVOS A LA PRUEBA: 
    Verificación de escritura.
    INCIDENTES RELATIVOS A LOS ABOGADOS, ALGUACILES, JUECES, ETC:
  • Recusación e inhibición 
    La Inhibición es la declinación hecha por un juez de conocer de un asunto del que está apoderado, por entender que en el caso concurre un motivo que podría cuestionar su imparcialidad e independencia respecto de una o de las partes.
    La recusación es cuando una de las partes o ambas se oponen a que un juez conozca de un asunto por considerar que en él o ellos concurren motivos que no garantizan su imparcialidad e independencia al decidir. La inhibición es una acto voluntario del juez, mientras que la recusación es planteada contra el juez, al margen de su voluntad.
  • Nombramiento de los jueces
    Los jueces inferiores a la Suprema los nombra la Suprema
    Los jueces de la Suprema los nombra el Consejo Nacional de la Magistratura
    Se debe ejercer en el respectivo tribunal jerárquico por cierto tiempo antes de ascender al siguiente
  • Recusación
    Mecanismo procesal propuesto por las partes con motivos justificados para poner en deuda la imparcialidad o independencia del JUEZ apoderado.
    Lo define una serie de causas limitativas no enunciativas, por la relación entre el juez y las partes.
    No compete en la relación entre los abogados y el juez
  • Las causales de recusación incluyen ser pariente o afín de las partes, o de una de ellas, hasta el grado de primo hermano inclusive.
  • La mujer del juez pariente o afín de una de las partes, o ser el juez pariente o afín de la mujer de una de las partes, dentro del grado referido, cuando la mujer estuviere viva, o si, habiendo muerto, existiesen hijos; si hubiere muerto y no quedaren hijos, ni el suegro, ni el yerno, ni los cuñados, podrán ser jueces.
  • La disposición relativa a la mujer ya muerta se aplicará a la mujer separada personalmente, si existieren hijos del matrimonio suspendido.