Teoría de los derechos humanos

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  • ¿Qué dan los d° humanos?
    • Constitución Política del Perú.
    • Tratados Internacionales.
  • La dignidad es el fundamento de todos los d° humanos. Pues, los seres humanos gozan de tales derecho porque son seres con dignidad.
  • La libertad es la capacidad de obrar por voluntad propia sin afectar los d° de los demás.
  • Los deberes jurídicos:
    • Tienen que ver con el respeto a los d° de otros.
  • Clasificación de los d° humanos:
    • civiles y políticos;
    • económicos, sociales y culturales;
    • colectivos.
  • Derechos Civiles y Políticos:
    • Libre desarrollo de personalidad,
    • A la vida,
    • Identidad,
    • Integridad personal,
    • Libertad personal,
    • Libertad religiosa,
    • Igualdad,
    • A elegir y ser elegido como representante,
    • Y otros.
  • El d° de libre desarrollo de la personalidad permite el desarrollo autónomo de su proyecto de vida.
  • El d° de libre desarrollo es un d° fundamental pues es necesario para el desarrollo de los demás.
  • EL derecho a la vida es un d° fundamental el cual se goza desde la concepción.
  • El d° a la libertad de expresión consiste en que se puede expresar pensamientos, ideas y creencias y libremente.
  • El d° a la libertad de información es que pueden tener acceso y poder difundir cualquier contenido que tenga relevancia pública.
  • Los Derechos Económicos, Sociales y Culturales obligan al Estado a realizar determinadas acciones y brindar servicios que apoye a cubrir los derechos necesarios una una vida digna, cómo: D° a la salud, a la educación, al trabajo, al seguro social, etc.
  • El Derecho a la Salud considera:
    • La atención a la salud.
    • Y lo necesario para mantenerla, cómo: el acceso a condiciones mínimas de salubridad para vivir.
  • El derecho a la educación es el garantizar el acceso al conocimiento y el desarrollo de las habilidades técnicas y físicas.
  • El derecho al trabajo es considerado la base del bienestar social
  • El d° al trabajo reconoce también:
    • A la remuneración digna (a. 24).
    • Jornada de no más de 8 horas diarias (a. 25).
    • Libertan sindical y huelga armoniosa (a. 28).
  • Derechos Colectivos: Complimiento en esfuerzo en común entre todas las naciones y pueblos del mundo.
  • Ejemplos de derechos colectivos:
    • D° a un ambiente sano,
    • Equilibrado, y
    • Adecuado al desarrollo de la vida.
  • El derecho a vivir en un medio ambiente sano consiste en poder vivir en un ambiente libre de contaminación.
  • Se entiende por Política Pública:
    • La identificación de un problema considerado público;
    • Una participación total o parcial del Estado o de una entidad de gobierno mediante instrumentos de planeamiento estratégico; y
    • La modificación de una situación que se considera problemática.
  • Una política pública con enfoque basado en derechos humanos es aquella que tiene por finalidad asegurar la efectiva vigencia de los derechos humanos, a través de estrategias, métodos y procedimientos eficaces y eficientes que resulten compatibles con su contenido jurídicamente protegido.
  • La interculturalidad se sustenta en que todas las culturas son valiosas y que ofrecen valores y recursos que permiten un enriquecimiento individual y colectivo de la vida de los peruanos y peruanas.
  • La Oficina Nacional de Diálogo y Sostenibilidad de la PCM, define el conflicto social como “proceso social dinámico en el que dos o más partes interdependientes perciben que sus intereses se contraponen (metas incompatibles, escasez de recursos e interferencia de la otra parte para la consecución de sus metas u objetivos), adoptando acciones que pueden constituir una amenaza a la gobernabilidad y/o al orden público, y para cuya solución, se requiere la intervención del Estado en calidad de mediador, negociador o garante de derechos”
  • El Congreso de la República tiene como funciones principales:
    • la representación de la nación,
    • la elaboración de leyes,
    • la permanente fiscalización y control político,
    • y la eventual reforma de la Constitución y otras funciones especiales.
    • El Poder Ejecutivo es el responsable de ejercer el gobierno y hacer cumplir las leyes.
    • Está constituido por el Presidente de la República, el Consejo de Ministros (18 Ministerios del Estado) y los organismos públicos del Poder Ejecutivo.
  • El Poder Judicial, de acuerdo a la Constitución y las leyes, es la institución encargada de administrar justicia a través de sus órganos jerárquicos que son la Corte Suprema de Justicia, las Cortes Superiores, los Juzgados Especializados, los Juzgados de Paz Letrados y los Juzgados de Paz.
  • El Tribunal Constitucional es el supremo intérprete de la Constitución. Controla la constitucionalidad de las leyes y es el encargado de proteger, en última instancia, los derechos fundamentales. Es autónomo e independiente.
  • La Defensoría del Pueblo atiende en todo el país quejas, consultas y pedidos de ciudadanos que tienen como objetivo la defensa de sus derechos fundamentales. La Defensoría del Pueblo elabora informes con recomendaciones o exhortaciones a las autoridades, cuyo cumplimiento encuentra sustento en su poder de persuasión y en la fortaleza de sus argumentos técnicos, éticos y jurídicos.
  • El Ministerio Público es un organismo independiente y autónomo que tiene como funciones principales la defensa de la legalidad, de los derechos ciudadanos y de los intereses públicos. Representa a la sociedad en juicio para los efectos de defender a la familia, a los menores e incapaces y el interés social, así como para velar por la moral pública, la persecución del delito y la reparación civil.
  • La Dirección General de Derechos Humanos es un órgano técnico y especializado que propone, dirige, coordina, evalúa y supervisa las políticas, planes y programas de protección y promoción de los derechos humanos (con especial énfasis en las poblaciones en condición de vulnerabilidad) y del derecho internacional humanitario. Cuenta con dos direcciones:
    1. La Dirección de Políticas y Gestión en Derechos Humanos y
    2. La Dirección de Asuntos Internacionales, Promoción
    3. y Adecuación Normativa.
  • En la actualidad, existen diversos sistemas de protección y el Perú pertenece a dos de ellos: los sistemas Universal e Interamericano de protección de derechos humanos.