Seres de existencia visible o física que presentan signos característicos de los seres humanos, sin distinción de cualidades intelectuales o físicas
Persona Jurídica
Entes, que no son personas físicas, susceptibles de adquirir derechos y contraer obligaciones para cumplir con su objeto y con los fines para los cuales fue creado
La constitución de la persona jurídica siempre depende de la voluntad de constituirla que tengan las personas físicas
Tipos de personas jurídicas
Públicas
Privadas
Personas jurídicas públicas
Estado Nacional, Provincial y Municipal, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las entidades autárquicas (Bancos y Universidades) y organizaciones a las cuales nuestra ley les asigne tal carácter
Personas jurídicas privadas
Sociedades, asociaciones civiles y simples asociaciones, iglesias y comunidades religiosas, mutuales, cooperativas, etc.
Constitución de la Sociedad Comercial
1. Celebración del Contrato Social
2. Inscripción en el Registro Público de Comercio
Las sociedades comerciales solo pueden llevar a cabo actos u operaciones acordes al objeto del contrato social
Asociaciones Civiles
Personas jurídicas que se constituyen sin fines de lucro, cuyo objeto social es el cumplimiento del interés general y el bien común (culturales, educativos, deportivos, etc.)
La existencia de las Asociaciones Civiles depende de los donativos de sus miembros asociados
Asociación Civil en Argentina
Asociación DIGNOS DE SER, que se dedica a la asistencia, prevención, capacitación e investigación de violencia familiar