DERECHO

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  • Fuente: forma que debe revestir a una norma para que se le considere integrada en el ordenamiento jurídico vigente. Son las diferentes categorías normativas existentes. De la fuente depende el alcance y la obligatoriedad de la norma. Tiene que ver con el origen (quien dicta la norma) y con la forma (que tipo de norma es) Se organizan por criterios de jerarquía (diferentes rangos) y de competencia (diferente origen)
  • Titularidad: Cualidad que se deriva de la condición de persona y que habilita para tener poderes jurídicos concretos o facultades. El titular es aquél sujeto al que se le atribuye un derecho, sujeto que siempre será una persona física o jurídica. En el ámbito jurídico, cuando se habla de persona se habla del papel que desempeña un individuo en una escena jurídica. Y para ello se tiene en cuenta tres elementos: la edad, la capacidad, y la situación.
  • 2. Para la valoración de la conducta cuyos destinatarios sean consumidores, se tendrá en cuenta al consumidor medio
  • 3. Ello se entenderá, sin perjuicio de la práctica publicitaria habitual y legítima de efectuar afirmaciones exageradas o respecto de las que no se pretenda una interpretación literal.
  • 3. Las prácticas comerciales que, dirigidas a los consumidores o usuarios en general, únicamente sean susceptibles de distorsionar de forma significativa, en un sentido que el empresario o profesional pueda prever razonablemente, el comportamiento económico de un grupo claramente identificable de consumidores o usuarios especialmente vulnerables a tales prácticas o al bien o servicio al que se refieran, por presentar una discapacidad, por tener afectada su capacidad de comprensión o por su edad o su credulidad, se evaluarán desde la perspectiva del miembro medio de ese grupo