Primera parte - tributario

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  • Derecho financiero
    Ciencia que regula la administración de dinero del Estado, buscando la recaudación, ejecución y la inversión a través de la ley del presupuesto anual
  • Funciones del derecho financiero
    1. Establece cuánto dinero va a tener el Estado
    2. Determina de dónde saca el Estado ese dinero (derecho tributario, empréstitos, regalías, patentes)
    3. Planifica los ingresos y egresos del Estado a través de la ley del presupuesto general
  • Formas en que el Estado obtiene ingresos
    • Derecho tributario (recaudación a través de tributos)
    • Empréstitos (préstamos que puede hacer el Estado)
    • Regalías (compensación por explotación de recursos naturales)
    • Patentes (pago por derecho a utilizar recursos del Estado)
  • El derecho financiero ayuda al funcionamiento del Estado a través de la planificación de ingresos y gastos
  • Principios de la política fiscal
    • Capacidad económica
    • Igualdad
    • Progresividad
    • Proporcionalidad
    • Transparencia
    • Universalidad
    • Control
    • Sencillez administrativa
    • Capacidad recaudatoria
  • Bolivia tiene 3 niveles de fiscos: nacional, departamental y municipal
  • Cada tributo se crea mediante ley
  • Límites que tienen las leyes tributarias de cada nivel de gobierno
    • No impuestos análogos a los creados por otros niveles
    • No impuestos que graven bienes, actividades, rentas fuera de su jurisdicción
    • No impuestos que obstaculicen la libre circulación y establecimiento de personas
    • No impuestos que generen privilegios para residentes discriminando a no residentes
  • Hechos generadores de impuestos nacionales
    • Compra-venta (IVA)
    • Importaciones definitivas
    • Obtención de rentas, utilidades, beneficios
    • Transacciones financieras
    • Salidas aéreas al exterior
    • Actividades de juegos de azar, sorteos y promociones
    • Producción y comercialización de recursos naturales estratégicos
  • Hechos generadores de impuestos departamentales
    • Sucesión hereditaria y donaciones de bienes
    • Propiedad de vehículos (motor, navegación aérea y acuática)
    • Afectación del medio ambiente (excepto por vehículos y actividades carburíferas, mineras y eléctricas)
  • Hechos generadores de impuestos municipales
    • Propiedad de bienes urbanos y rurales (excepto propiedad agraria, comunitaria y colectiva)
    • Propiedad de vehículos automotores terrestres
    • Transferencia onerosa de inmuebles y vehículos
    • Consumo específico de chicha de maíz
    • Afectación del medio ambiente por vehículos automotores
  • Código tributario
    Establece principios, procedimientos y normas fundamentales que regulan el régimen jurídico del sistema tributario
  • El código tributario se aplica a tributos de carácter nacional, departamental, municipal y universitario
  • Ámbito espacial de las normas tributarias
    El mismo que el del órgano competente que las dicta, excepto que la norma establezca un límite territorial más restringido
  • Plazos y términos

    • Perentorios (su vencimiento impide la ejecución del acto procesal)
    • Se computan de fecha a fecha, por años calendario, y por días hábiles o corridos
    • Corren desde el día siguiente hábil de la notificación o publicación
    • Concluyen al final de la última hora del día de vencimiento, trasladándose al primer día hábil si el último es inhábil
  • Inicio de un proceso de fiscalización
    Con una orden de verificación o fiscalización, no pueden fiscalizar sin orden
  • Clausura
    Actualmente hay 12 meses para la fiscalización, 30 días para la vista de cargo y 60 días para la resolución determinativa, con posibilidad de impugnación administrativa (20 días) o jurisdiccional (15 días)
  • Fuentes del derecho tributario

    • Bloque de constitucionalidad
  • Sistemas del derecho tributario

    Sistema de renta mundial (se paga en el país de origen) y principio de la fuente (se paga en el país donde se genera)
  • Principio de legalidad o de reserva de ley
    Establece que los tributos deben crearse por ley
  • Métodos de interpretación de la ley tributaria
    • Histórico
    • Teleológico
    • Literal o gramatical
    • Sistemático
  • Clasificación de los tributos
    Impuestos (contribución en dinero), Tasas (pago por contraprestación de un servicio), Contribuciones especiales (establecidas para una situación determinada), Patentes (por uso de espacio público)
  • Obligación tributaria
    Vínculo jurídico obligatorio de carácter personal con el fisco, es intransferible
  • Métodos de interpretación
    • Histórico
    • Teológico
    • Literal o gramatical
    • Sistemático
  • El estado puede imponer tributos por el Ius Puniendi o poder de imperio del Estado
  • Tipos de tributos
    • IMPUESTOS
    • TASAS
    • CONTRIBUCIÓN ESPECIAL
    • PATENTES
  • Obligación Tributaria
    Es el vínculo jurídico obligatorio de carácter personal con el fisco
  • La obligación tributaria es de carácter personal e intransferible
  • Inoponibilidad
    La ley entre partes no puede contradecir al fisco, ningún contrato es oponible al fisco
  • Hecho Generador
    Es lo que le da la vida a la obligación tributaria
  • Momentos del hecho generador del IVA
    • Al momento de la compra o transferencia
    • En la prestación del servicio o cuando se deja un adelanto
  • Perfeccionamiento del hecho generador
    • Acciones de hecho
    • Situaciones de derecho
  • Casos en que se perfecciona el hecho imponible (art. 4 ley 843)
    • Caso de venta (al contado o al crédito) - cuando se entrega el bien
    • Contratos de obras, prestación de servicios - cuando se finalice la ejecución o prestación
    • Momento de incorporación o retiro de bienes muebles
    • Importaciones definitivas - momento de despacho aduanero
    • Arrendamiento financiero - momento de vencimiento de cada deuda y en el pago final del saldo del precio
  • Condición Contractual
    Se establece en el contrato
  • Sujeto Activo
    El estado a través del Ius Puniendi
  • Tipos de sujetos pasivos
    • Impuesto directo o Contribuyente
    • Impuesto indirecto o Sustituto
  • Tipos de agentes
    • Agentes de percepción
    • Agentes de retención
  • Si el hecho generador no se subsume a la conducta de una persona, no hay hecho generador
  • Domicilio de personas Naturales
    Para determinar el lugar donde realiza su actividad, lugar donde ocurrió el hecho generador
  • Domicilio de persona Jurídica
    Domicilio señalado en el acta de constitución, donde realiza su actividad y ocurre el hecho generador