B1 - Fuente y titularidad

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  • La fuente es la forma que debe tomar una norma y los requisitos que debe cumplir para que se le considere parte del ordenamiento jurídico vigente. De la fuente depende el alcance y la obligatoriedad de la norma. Tiene que ver con el origen (quién dicta la norma) y con la forma (qué tipo de norma es) y se organizan por jerarquía (diferentes rangos) y por competencia (diferente origen).
  • A la hora de establecer el sistema de fuentes del Derecho hay 2 grandes tradiciones jurídicas: el Civil Law y el Common Law
  • El Civil Law tiene origen en el derecho romano y da prioridad a la norma escrita en detrimento de las decisiones jurisprudenciales. Este es un derecho más concreto que tiene normas establecidas. Es usado en Alemania, España, Sudamérica, etc.
  • El Common Law es un conjunto de ordenamientos jurídicos que dan prioridad a la costumbre y a la jurispuridencia. Aquí, no se condena con leyes fijas, la sentencia depende del caso. Este sistema es usado en Inglaterra, Estados Unidos, Australia y tiene cierta jerarquía: jurisprudencia, legislación, costumbre y doctrina.
  • Titularidad: cualidad que se deriva de la condición de persona y permite tener poderes jurídicos.
  • El titular es aquel sujeto al que se le atribuye un derecho, puede ser una persona física o jurídica. Los 3 elementos que se toman en cuenta son: la edad, la capacidad y la situacion
  • Capacidad jurídica es la cualidad de la persona de ser titular de derechos y obligaciones. La tiene toda persona por el mero hecho de ser persona. Si la persona no puede ejercerlos (porque no tiene capacidad de obrar), son realizados en su nombre por un representante.
  • Capacidad de obrar: tener consciencia y voluntad para poder realizar actos jurídicos eficaces. Se obtiene al cumplir la mayoría de edad ya que esta se entiende como la aptitud para ser dueños de nosotros mismos, ser conscientes de nuestros actos y tener capacidad de autogobierno. Grado de capacidad también depende de la situación en la que nos encontremos en la sociedad (Estado civil), es decir si estamos solteros, casados, etc.
  • Legitimación: además de las condiciones de consciencia y voluntad, se deben dar otras circunstancias específicas
  • Representación: la capacidad para actuar en nombre de otro
  • Cuales son las 2 grandes tradiciones jurídicas?
    Civil Law y Common Law