Introducción al derecho romano

Cards (88)

  • Acciones civiles
    El derecho precede a la acción
  • Acciones pretorias
    La acción precede al derecho
  • Actio/Acción

    Instrumento procesal por cuyo intermedio el ordenamiento jurídico garantizaba a las personas la protección de sus derechos
  • Celso: 'La acción no es más que el derecho de perseguir judicialmente lo que le deben a uno'
  • Volterra destaca que los juristas romanos preferían examinar la relación jurídica desde el punto de vista de la acción y, por tanto, hablar de actiones in rem o in personam, en lugar de derechos subjetivos reales o de derechos subjetivos de obligación (personales), sin perjuicio de entender que eran dos cosas distintas la acción y el derecho subjetivo
  • Di Pietro destaca que los juristas romanos no determinaban si en un caso dado una persona tenía un derecho subjetivo, sino si le era otorgada o no una acción. Así el pretor no concedía o negaba derechos sino acciones; su edicto era un repertorio de acciones
  • Actiones in personam/Acciones Personales

    Instrumento procesal que permite hacer valer un derecho contra una persona
  • Actiones in rem/Acciones Reales
    Instrumento procesal que permite hacer valer el derecho sobre una cosa
  • Aequitas/Equidad
    Aristóteles la define como la justicia aplicada al caso concreto
  • Los juristas romanos difieren de la concepción de Aristóteles sobre aequitas, definiéndola como el fin útil y justo al que debe adaptarse el derecho
  • El profesor Sabino Ventura Siva señala que la aequitas fue para los romanos el modelo a que debía adaptarse el derecho, la finalidad a que la norma jurídica debía tender, cuando ello no era así, la norma jurídica resultaba inicua, por separarse de la aequitas
  • Agere
    Actividad de los juristas que consiste en la dirección del proceso, dando a la parte una nota escrita de la legis actio (procedimiento solemne entre 2 litigantes) o fórmula, o acompañando al interesado ante el magistrado y sugiriendo las palabras a pronunciar o los actos a cumplir. Asesorar jurídicamente a las partes
  • Alterum Non Laedere/No dañar a otro

    Tiene por finalidad consagrar el principio de la seguridad jurídica
  • Boni Moris/Normas morales

    Constituyen una serie de reglas o normas de conducta que debían ser observadas para obrar rectamente en la esfera jurídica pública y privada, y cuya inobservancia acarreaba para los ciudadanos romanos el poder ser tachados como nota infamante en el censo
  • Casuismo
    Metodología propia de la jurisprudencia romana, la cual se basaba en la solución concreta del caso planteado
  • Cavere
    Los juristas intervienen en el tráfico jurídico señalando a quien le consulta cómo debe actuar de forma tal de evitar ciertos prejuicios en el ámbito de sus negocios. El jurista adquiere una función de precaución o cautela
  • Communis Opinio Doctorum
    Criterio socialmente aceptado
  • Consilium de Juristas
    Agrupación de juristas cuya principal función era debatir los asuntos del momento y aconsejar al emperador para que tomase decisiones al respecto
  • Derecho Pretorio

    Derecho creado por el pretor romano a través de sus edictos
  • Derecho Romano

    Aquel que tenía por objetivo regular la vida social y económica de quienes forman parte de la comunidad política romana
  • Derecho Romano-Concepto histórico

    Sistema jurídico, esto es, el conjunto de normas, costumbres e instituciones por el cual se rigió Roma desde la fundación de la ciudad en el año 753 a.C hasta la muerte del Emperador Justiniano en el año 565 d.C
  • Derecho Romano-Concepto institucional

    Conjunto de soluciones que la antigua sociedad romana dio a los conflictos entre particulares
  • Derecho
    El derecho es un fenómeno histórico, por ende, es necesario conocer su evolución para entenderlo
  • Derectum/Directum

    Derecho. Vendría a expresar la posición fiel en el centro y en sentido vertical. Con lo que derectum sería lo totalmente recto
  • Edicto
    Una orden o declaración emitida por un magistrado, generalmente un pretor, que establecía las reglas y normas que se aplicarían durante su mandato. Tenían como objetivo guiar la actuación de los jueces y ciudadanos en los asuntos legales
  • FAS
    Lo lícito religioso
  • Fuentes de conocimiento (de Ítalo Merello)

    Modos de fijación del derecho y su estilo
  • Fuentes de producción (de Ítalo Merello)

    Referente al origen del derecho
  • Fuentes directas (distinción de Samper)

    Destinadas a la ilustración del juez (libros jurisprudenciales, libros de enseñanza y colecciones de leyes)
  • Fuentes formales (de Ítalo Merello)

    Como se manifiesta el derecho
  • Fuentes formales del Derecho
    Formas o maneras que tiene el derecho de expresarse. Más específicamente, los modos en cómo se manifiestan las normas jurídicas, los órganos que las producen y las entidades en donde se encuentran las normas
  • Fuentes indirectas (distinción de Samper)

    Permiten al historiador conocer los anteriores
  • Historia del Derecho Romano-Criterio jurídico
    Atiende a sucesos relevantes en la evolución del sistema jurídico romano
  • Historia del Derecho Romano-Criterio político

    Considera las distintas formas de gobierno
  • Historia del Derecho Romano-Criterio social
    Alude a los profundos cambios sociales o transformaciones experimentados por la sociedad romana
  • Historia externa

    Estudio de las instituciones jurídicas romanas, y su evolución
  • Historia interna

    Estudio de las instituciones del derecho privado romano. Estudio de las fuentes del derecho romano y su evolución
  • Honestae Vivere/Vivir honestamente
    El hombre debe evitar realizar aquellos actos que violen las reglas establecidas por la moral que se encuentren reconocidas y protegidas por el derecho
  • Instituciones
    Manuales elementales para el estudio ordenado del sistema jurídico. Proviene de "instituere" que significa instruir, educar, enseñar, iniciar en una determinada disciplina
  • Interpretatio Prudentium

    Interpretación prudente de los juristas. Es la actividad general y comprensiva de todo ámbito jurídico, que es a la vez creadora, integradora e inspiradora del Derecho, siendo los Juristas, creadores del Derecho