Es una medida procesal cautelar de carácter excepcional y provisional, cuyo objetivo principal es remediar las causas que motivaron su aplicación y normalizar la actividad de la sociedad.
Requisitos para su intervención
Verosimilitud en el derecho
Peligro en la demora
Contracutela
Acreditar la calidad de socio
Art. 113 requisitos de procedencia
Cuando el o los administradores de la sociedad realicen actos o incurran en omisiones que la pongan en peligro grave, procederá la intervención judicial como medida cautelar con los recaudos establecidos en esta Sección, sin perjuicio de aplicar las normas específicas para los distintos tipos de sociedad.