Socios

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  • Concepto de socio
    el socio es aquel individuo que, al participar en la formación de una sociedad o unirse a ella adquiriendo partes sociales, cuotas o acciones, obtiene un estatus legal que implica una serie de derechos y obligaciones, tanto acordados en el contrato social como impuestos por la ley.
  • Formas de adquirir calidad de socio:
    • Por participacion del acto constitutivo
    • Por cesion de partes sociales, cuotas o acciones
    • Por herencia, donacion o legado
    • Por imposicion legal protectiva
  • Socio por participacion ene la acto constitutvo
    Este tipo de socio adquiere su calidad al participar en la celebración del contrato de sociedad, también conocido como el acto constitutivo.
    Se presupone una intención de formar la sociedad y participar en ella para obtener beneficios económicos.
    La calidad de socio se acredita con el contrato social o mediante otros medios probatorios.
  • Socio por cesión de partes sociales, cuotas o acciones:
    Este tipo de socio se incorpora a la sociedad adquiriendo partes sociales, cuotas o acciones.
    En algunos casos, como en las sociedades de tipo personal, la incorporación requiere modificar el contrato social, mientras que en las sociedades por acciones los cambios en la composición societaria no afectan el contrato.
  • Socio por herencia, donación o legado: 

    Los herederos pueden convertirse en socios al recibir la participación del causante en la sociedad, ya sea por herencia, donación o legado. La calidad de socio se transmite a los herederos de acuerdo con las disposiciones del código civil y comercial. En el caso de donaciones o legados, el donatario o legatario adquiere la calidad de socio, mientras que el donante o legante la pierde.
  • Socio por imposición legal protectiva:
    Este tipo de socio surge cuando la ley impone la conformación de una sociedad en casos específicos, como en el caso de bienes sometidos a indivisión forzosa hereditaria, donde los menores, incapaces o personas con capacidad restringida deben ser socios con responsabilidad limitada. La conformación de la sociedad y la aprobación del contrato constitutivo se realizan bajo supervisión judicial, y en caso de conflictos de intereses, se designa un representante ad hoc para proteger los derechos de los socios menores, incapaces o con capacidad restringida.
  • Limitaciones a quienes pueden ser socios
    • Sociedad entre conyuges
    • Socios heredeors menores o incpaces
    • Limitacion a la capcidad de ciertas sociedades para ser socios
    • Limites a ala cuota de participacion de otras sociedades
    • Participaciones recirprocas
    • Sociedades controlads y controlantes
    • Sociedades vincluadas
  • Sociedad entre conyuges
    La ley permite que los cónyuges formen sociedades de cualquier tipo, incluidas las sociedades atípicas, siempre que cumplan con ciertas condiciones legales.
  • Socios heredros menores o incapces
    Se establecen disposiciones para proteger a los herederos menores o incapaces que ingresan a una sociedad, asegurando que su participación sea limitada y protegiendo los intereses de terceros contratantes.
  • Limitaciones a la capacidad de ciertas sociedades para ser socias

    Se limita la capacidad de algunas sociedades, como las sociedades anónimas y en comandita por acciones, para participar en otras sociedades, con el fin de proteger a los accionistas y garantizar el cumplimiento de los objetivos sociales.
  • Limites a la cuota de participacion en otras sociedades
    e establecen límites sobre la cantidad de participación que una sociedad puede tener en otra, con el fin de proteger la integridad del capital social y evitar el desvío indebido de fondos.
  • Participaciones recirpocas
    Se prohíbe la constitución de sociedades o el aumento de su capital mediante participaciones recíprocas, con el fin de proteger la integridad del capital social y evitar prácticas fraudulentas.
  • Sociedades controladas y controlantes
    Se definen las condiciones en las que una sociedad puede ejercer control sobre otra, ya sea mediante la posesión de la mayoría necesaria para formar la voluntad social o a través de influencia dominante, y se establecen ciertos efectos legales de esta situación.
  • Sociedades vinculadas
    Se definen las condiciones en las que una sociedad puede ejercer control sobre otra, ya sea mediante la posesión de la mayoría necesaria para formar la voluntad social o a través de influencia dominante, y se establecen ciertos efectos legales de esta situación.
  • Tipos de socios
    • Socio aparente
    • Socio oculto
    • Socio del socio
  • Socio aparente
    Individuo que presta su nombre para figurar como socio de una empresa, pero en realidad no tiene ninguna participación real en la sociedad ni en sus ganancias
  • La ley establece que, aunque no tenga parte en las ganancias de la empresa, este individuo será considerado como un socio ante terceros en lo que respecta a las obligaciones y responsabilidades de la sociedad
  • Si alguien hace negocios con la empresa basándose en la creencia de que este individuo es un socio real
    Este individuo será considerado responsable ante terceros, pero puede reclamar indemnización a los socios reales por lo que tenga que pagar
  • Socio oculto
    En contraste con el socio aparente, el socio oculto es aquel que tiene una participación real en la empresa pero no desea que su identidad como socio sea conocida por terceros. Aunque no figure en los registros públicos de la sociedad, este socio sigue siendo responsable de manera ilimitada y solidaria en caso de cualquier obligación o deuda de la empresa. Es decir, si la empresa incumple alguna obligación, los acreedores pueden demandar al socio oculto para que responda por las deudas de la empresa.
  • Socio del socio
    Esta situación se refiere a cuando un socio decide compartir su participación en la empresa con un tercero, sin que este tercero se convierta en socio de la empresa en sí misma. Es decir, el tercero adquiere una participación en las ganancias o responsabilidades de la parte que corresponde al socio original, pero no se convierte en socio de la empresa en su conjunto. Este arreglo puede regirse por normativas específicas dependiendo del país y puede implicar una relación contractual entre el socio original y el tercero.
  • Derechos de los socios
    • Derechos a los beneficios y cuota d eliquidacion
    • Derechos a impugnar y controlar la administracion
    • Derecho a elegir y ser elejido
    • Derecho a la permanencia y no exclusion
    • Derecho a la infromacion
  • Obligaciones de los socios
    • Obligacion de aportar
    • Deber de buena fe y lealtad
    • Obligacion de no competencia
    • Obligacion de soportar las perdidas
    • Obligacion de integrar el capital
  • Derecho a los Beneficios y Cuota de Liquidación:
    Los socios tienen derecho a participar en los beneficios de la sociedad de acuerdo con su participación en el capital social. También tienen derecho a recibir su parte proporcional en caso de liquidación de la sociedad.
  • Derecho a Impugnar y Controlar la Administración:
    Los socios tienen el derecho de impugnar las decisiones de la administración si creen que están en contra de los intereses de la sociedad. También tienen derecho a participar en la toma de decisiones y controlar la gestión de la sociedad.
  • Derecho a Elegir y Ser Elegido: 

    Los socios tienen derecho a participar en la elección de los administradores de la sociedad y también pueden ser elegidos para ocupar cargos administrativos.
  • Derecho de Permanencia y no Exclusión:
    Los socios tienen el derecho de permanecer en la sociedad, a menos que existan circunstancias específicas que justifiquen su exclusión. Este derecho también se equilibra con el derecho de receso en caso de querer abandonar la sociedad.
  • Derecho de Información:
    Los socios tienen derecho a acceder a la información relevante sobre la sociedad, incluidos los estados financieros y otros documentos importantes.
  • Obligación de Aportar:
    La principal obligación de los socios es realizar los aportes que hayan acordado en el contrato social. Sin estos aportes, la sociedad no puede funcionar adecuadamente.
  • Deber de Buena Fe y Lealtad: 

    Los socios tienen el deber de actuar de buena fe y lealtad hacia la sociedad y hacia los demás socios. Esto implica actuar en el mejor interés de la sociedad y cumplir con las obligaciones acordadas.
  • Obligación de No Competencia:Los socios tienen la obligación de no competir con la sociedad mientras sean parte de ella, a menos que se establezca lo contrario en el contrato social.
  • Obligación de Soportar Pérdidas:
    Los socios tienen la obligación de soportar las pérdidas de la sociedad en proporción a su participación en el capital social.
  • Obligación de Integrar el Capital: 

    Los socios deben integrar el capital social acordado en el contrato, ya sea en forma de dinero, bienes u otros activos, de acuerdo con los plazos y condiciones establecidos.
  • Cuales son las formas que un indiviudo puede dejar de ser socio:
    • Causas voluntarias
    • Causas naturales
    • Causas derivadas
    • causas forzosas
  • Causas voluntarias que un socio deje de serlo:
    Incluyen la venta de la participación en la empresa, ya sea total o parcial, y pueden ser gratuitas u onerosas. También se menciona el derecho de receso, una opción especial para los accionistas en ciertos tipos de empresas.
  • causas naturales que un socio deje de serlo
    a muerte del socio, donde sus derechos pasan a los herederos sin necesidad de formalidades.
  • Causas derivadas donde un socio deja de serlo
    Se refiere a la disolución de la empresa, lo que lleva a la pérdida automática de la condición de socio. Sin embargo, el texto argumenta que durante el proceso de liquidación, la condición de socio persiste, ya que los órganos de la empresa continúan existiendo.
  • Causas frozosas que un socio deja de serlo
    la exclusión del socio por incumplimiento grave, como la mora en la integración del aporte. Esta exclusión puede ser privada y directa, decidida por los demás socios, o puede requerir acción judicial. En ambos casos, se especifican los efectos y las responsabilidades del socio excluido.