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Tema. Contrato
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Adriana+del+Carmen Rodríguez+Martín
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Animales
Seres vivos dotados de
sensibilidad
Propietario de animales
Debe ejercer sus derechos y deberes asegurando su bienestar
Animales
Pueden ser objeto de apropiación y
posesión
Pueden ser objeto de
contratos
Tipos de contratos
Permuta
Compraventa
Comodato
Arriendo
Prenda
, empeño o
pignoración
Condiciones generales de los contratos
Capacidad legal
de las partes para contratar
El
consentimiento
debe ser
válido
El
animal
o
derivado
debe ser legal y no fuera de comercio
Precio
lícito
, si hay
precio
oficial
Escrito
o
verbal
Nulidad
Contrato contrario a las
normas
o carece de algún
requisito formal
Rescisión
Si el contrato perjudica a alguna de las partes, se extingue
unilateralmente
por el
daño
ocasionado
Vicios ocultos o redhibitorios
Defectos en el animal de tal naturaleza que no se hubiera celebrado el contrato si el
comprador
los hubiera
conocido
El vendedor está obligado a la entrega y
saneamiento
de la cosa objeto de la
venta
Saneamiento
Indemnizar al
comprador
Redhibición
Provocan la
devolución
del
contrato
Plazo:
cuarenta
días, o según contrato. El animal debe
devolverse
en el mismo estado
En las ventas conjuntas, la
redhibición
es sólo del
animal afectado
, salvo que sea un conjunto
Si el
animal muere
a los tres días la culpa es del
vendedor
, si la enfermedad es de antes del contrato
No existe una lista de
vicios redhibitorios
, se analiza
caso
por caso
Es importante la
valoración
del
veterinario
Papel del veterinario en los contratos
Examen
pre-compra
Examen
post-compra
(vicios)
Se debe demostrar el defecto, su
gravedad
, curación o no, y que existía y no era aparente en el momento de la
compra
Sin intervención de veterinario
Si el animal presenta vicios ocultos que no pudo conocer el profano, responde el
vendedor
Con intervención de veterinario
Si el animal presenta
vicios
ocultos que éste no pudo conocer, responde el
vendedor
Actuación del veterinario frente a vicios
Identificar al
animal
Demostrar que el vicio es anterior a la
venta
Demostrar
existencia
del vicio
No será responsable el
vendedor
si los vicios no estaban
ocultos
, eran evidentes o el comprador era un experto en ellos
No hay redhibición en las
ventas
en
ferias
o en subastas públicas
Animales con enfermedades
infecto-contagiosas
no se pueden vender: no hay
redhibición
, es nulidad
Animales vendidos como
desecho
, si resultan inútiles para prestar un servicio expresado en el contrato: es
nulidad
Posibles acciones del comprador
Acción
redhibitoria
: Se devuelve el animal, se recupera el dinero con compensación o intereses si procede
Acción
estimatoria
: Quanti minoris, se reajusta el precio con una depreciación según el defecto