Características del testamento público abierto
1. El testador debe expresar de modo claro y terminante su voluntad al notario, en presencia de tres testigos
2. El notario debe redactar por escrito las cláusulas del testamento, sujetándose estrictamente a la voluntad del testador y leerlas en voz alta para que éste manifieste si está conforme
3. Si el testador lo estuviere, deben firmar en la escritura el testador, el notario, los testigos y, en su caso, el intérprete
4. El testador debe imprimir en cada una de las hojas del acta, su huella digital
5. Cuando el testador fuese enteramente sordo o disminuido visual, no pueda o no sepa leer o declare que no sabe o no puede firmar el testamento, deben concurrir al acto de otorgamiento dos testigos para que firmen el testamento