Derechos Sociales

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  • El 18 de julio de 1830 Uruguay juró su primera Constitución
  • Estado de Derecho y la Separación de Poderes

    • Inspirada principalmente por Montesquieu y los demás autores contractualistas
  • Este nuevo estado surge en virtud de un acuerdo internacional, "La Convención Preliminar de Paz", suscrita por las Provincias Unidas del Río de la Plata y el Imperio de Brasil en 1828
  • Estado Oriental del Uruguay
    Asociación política de todos los ciudadanos comprendidos en los nueve departamentos actuales de su territorio
  • La religión del Estado era la Católica Apostólica Romana
  • Quienes no tenían derecho al voto

    • Sirvientes
    • Peones jornales
    • Simples soldados de línea
    • Los notoriamente vagos o legalmente procesados en causas criminales de las que podían resultar penas corporales o infamantes
    • Los que tenían hábito de ebriedad
    • Los menores de 20 años o 18 años si estaban casados
    • Los analfabetos
    • Las mujeres
    • Los esclavos
  • Artículo 11: causales de suspensión de la ciudadanía
  • Artículo 131: No abolición de la esclavitud pero sí prohibición de la introducción y tráfico de los mismos en la República y además, la afirmación de que "nadie nacerá esclavo"
  • En 1842 se aprueba la ley 242 sobre la abolición de la esclavitud ("no hay más esclavos en todo el territorio de la República"), sin embargo, el Estado comenzó a ejercer tutela de esclavos
  • En 1839 se firma un acuerdo con Gran Bretaña para suprimir el tráfico de esclavos
  • En 1826 recién se declara abolida la esclavitud con Oribe, sin embargo, se termina de concretar en 1851 con el fin de la Guerra Grande
  • Artículo 132 y 133 - "los hombres son iguales ante la ley no reconociéndose otra distinción entre ellos que los talentos o las virtudes." prohibición de la fundación de mayorazgos y títulos de nobleza, honores o distinciones hereditarias
  • No se prohíbe la pena de muerte y se declara que las cárceles no pueden ser un espacio para "mortificar"
  • En 1907 se declara la ley sobre la necesidad de reformar la Carta
  • En 1916 se convoca una Asamblea Nacional Constituyente
  • El proyecto fue sometido a plebiscito el 25 de noviembre de 1917
  • El proyecto de Constitución fue ratificado por la ciudadanía lo que determinó su promulgación el 3 de enero de 1918 y comenzó su vigencia el 1ero de marzo de 1918
  • Art 163: abolición de la pena de muerte que había sido prohibida anteriormente por la ley 3238 del 23 de setiembre de 1907
  • Regulación y eliminación del voto censitario
    • Inscripción obligatoria en el registro cívico
    • Prohibición a los funcionarios policiales y militares de actividad política salvo el voto
    • Carácter secreto del sufragio
    • Representación proporcional integral
  • Las mujeres no eran ciudadanas
  • Artículo 10: mediante una ley aprobada por mayoría de dos tercios sobre el total de los miembros de cada una de las Cámaras, se reconoce su derecho al voto
  • Recién en la Constitución de 1934 se elimina totalmente la distinción entre el hombre y la mujer en materia de derechos políticos
  • En 1946 se les otorgan derechos civiles respecto a vínculos familiares, matrimonio, divorcia, patria potestad y bienes
  • En 1935 se dieron los recursos necesarios para que la mujer accediera al Registro Cívico Nacional
  • En 1938 se produjo el primer voto femenino, en las elecciones nacionales del 27 de marzo
  • En 1927 en un plebiscito realizado en Cerro Chato se dio el primer voto femenino en Uruguay y América Latina
  • La ley de 1946 constituye un enorme avance en dicha materia, sin embargo, otros casos se mantuvieron, especialmente los relacionados al honor en casos de infidelidad en el divorcio, que fueron eliminados recién en 1978, con la ley 14.766
  • Separación de la Iglesia del Estado, convirtiéndose en uno laico
  • Se fomenta la libertad de culto
  • Se establecen garantías específicas de los derechos humanos como el Habeas Corpus
  • Pedro Figari: '"Se debe confiar más en los medios pedagógicos, para disminuir el delito y tratar a los delincuentes, readaptándolos socialmente."'
  • Constitucionalización de los derechos económicos, sociales y culturales
  • Derechos prestacionales incorporados
    • Protección de la salud e higiene públicas
    • Enseñanza
    • Vivienda
    • Derecho obrero
    • Riqueza artística e histórica del país
    • Sindicatos
    • Huelga
    • Propiedad intelectual
    • Familia
    • Maternidad
    • Propiedad intelectual
  • Incorporación al Art. 7 del derecho al trabajo; protección del goce del trabajo al igual que la vida, honor, libertad, seguridad y propiedad de los habitantes de la República
  • Antecedentes de la constitucionalización de derechos económicos, sociales y culturales

    • Constitución mexicana de Querétaro (1917)
    • Constitución de Weimar (1911)
    • Constitución Austria redactada por Kelsen (1920)
    • Constitución Española (1931)
  • La importancia es que esa incorporación de derechos sociales en el elenco de los derechos humanos representó un avance considerable en la evolución de los conceptos
  • Derechos civiles incorporados en 1934
    • Reconocimiento expreso del Derecho de Reunión y Asociación
    • Nueva redacción del derecho a la propiedad que le otorga una función social
    • Equiparación de hombre y mujeres en materia de derechos políticos
    • Ampliación de la prohibición de actuar en política
    • Obligatoriedad del voto
    • Establecimiento del deber de trabajar, cuidar de la salud, educar a los hijos, aplicar las energías intelectuales o corporales de uno para beneficio de la comunidad
    • Responsabilidad de los funcionarios públicos ante terceros por el ejercicio de su función
  • Recurso de inconstitucionalidad de las leyes como competencia de la Suprema Corte de Justicia
  • Constitucionalización de la Corte Electoral
  • Constitucionalización del Tribunal de los Contencioso Administrativo