El 18 de julio de 1830 Uruguay juró su primera Constitución
Estado de Derecho y la Separación de Poderes
Inspirada principalmente por Montesquieu y los demás autores contractualistas
Este nuevo estado surge en virtud de un acuerdo internacional, "La Convención Preliminar de Paz", suscrita por las Provincias Unidas del Río de la Plata y el Imperio de Brasil en 1828
Estado Oriental del Uruguay
Asociación política de todos los ciudadanos comprendidos en los nueve departamentos actuales de su territorio
La religión del Estado era la Católica Apostólica Romana
Quienes no tenían derecho al voto
Sirvientes
Peones jornales
Simples soldados de línea
Los notoriamente vagos o legalmente procesados en causas criminales de las que podían resultar penas corporales o infamantes
Los que tenían hábito de ebriedad
Los menores de 20 años o 18 años si estaban casados
Los analfabetos
Las mujeres
Los esclavos
Artículo 11: causales de suspensión de la ciudadanía
Artículo 131: No abolición de la esclavitud pero sí prohibición de la introducción y tráfico de los mismos en la República y además, la afirmación de que "nadie nacerá esclavo"
En 1842 se aprueba la ley 242 sobre la abolición de la esclavitud ("no hay más esclavos en todo el territorio de la República"), sin embargo, el Estado comenzó a ejercer tutela de esclavos
En 1839 se firma un acuerdo con Gran Bretaña para suprimir el tráfico de esclavos
En 1826 recién se declara abolida la esclavitud con Oribe, sin embargo, se termina de concretar en 1851 con el fin de la Guerra Grande
Artículo 132 y 133 - "los hombres son iguales ante la ley no reconociéndose otra distinción entre ellos que los talentos o las virtudes." prohibición de la fundación de mayorazgos y títulos de nobleza, honores o distinciones hereditarias
No se prohíbe la pena de muerte y se declara que las cárceles no pueden ser un espacio para "mortificar"
En 1907 se declara la ley sobre la necesidad de reformar la Carta
En 1916 se convoca una Asamblea Nacional Constituyente
El proyecto fue sometido a plebiscito el 25 de noviembre de 1917
El proyecto de Constitución fue ratificado por la ciudadanía lo que determinó su promulgación el 3 de enero de 1918 y comenzó su vigencia el 1ero de marzo de 1918
Art 163: abolición de la pena de muerte que había sido prohibida anteriormente por la ley 3238 del 23 de setiembre de 1907
Regulación y eliminación del voto censitario
Inscripción obligatoria en el registro cívico
Prohibición a los funcionarios policiales y militares de actividad política salvo el voto
Carácter secreto del sufragio
Representación proporcional integral
Las mujeres no eran ciudadanas
Artículo 10: mediante una ley aprobada por mayoría de dos tercios sobre el total de los miembros de cada una de las Cámaras, se reconoce su derecho al voto
Recién en la Constitución de 1934 se elimina totalmente la distinción entre el hombre y la mujer en materia de derechos políticos
En 1946 se les otorgan derechos civiles respecto a vínculos familiares, matrimonio, divorcia, patria potestad y bienes
En 1935 se dieron los recursos necesarios para que la mujer accediera al Registro Cívico Nacional
En 1938 se produjo el primer voto femenino, en las elecciones nacionales del 27 de marzo
En 1927 en un plebiscito realizado en Cerro Chato se dio el primer voto femenino en Uruguay y América Latina
La ley de 1946 constituye un enorme avance en dicha materia, sin embargo, otros casos se mantuvieron, especialmente los relacionados al honor en casos de infidelidad en el divorcio, que fueron eliminados recién en 1978, con la ley 14.766
Separación de la Iglesia del Estado, convirtiéndose en uno laico
Se fomenta la libertad de culto
Se establecen garantías específicas de los derechos humanos como el Habeas Corpus
Pedro Figari: '"Se debe confiar más en los medios pedagógicos, para disminuir el delito y tratar a los delincuentes, readaptándolos socialmente."'
Constitucionalización de los derechos económicos, sociales y culturales
Derechos prestacionales incorporados
Protección de la salud e higiene públicas
Enseñanza
Vivienda
Derecho obrero
Riqueza artística e histórica del país
Sindicatos
Huelga
Propiedad intelectual
Familia
Maternidad
Propiedad intelectual
Incorporación al Art. 7 del derecho al trabajo; protección del goce del trabajo al igual que la vida, honor, libertad, seguridad y propiedad de los habitantes de la República
Antecedentes de la constitucionalización de derechos económicos, sociales y culturales
Constitución mexicana de Querétaro (1917)
Constitución de Weimar (1911)
Constitución Austria redactada por Kelsen (1920)
Constitución Española (1931)
La importancia es que esa incorporación de derechos sociales en el elenco de los derechos humanos representó un avance considerable en la evolución de los conceptos
Derechos civiles incorporados en 1934
Reconocimiento expreso del Derecho de Reunión y Asociación
Nueva redacción del derecho a la propiedad que le otorga una función social
Equiparación de hombre y mujeres en materia de derechos políticos
Ampliación de la prohibición de actuar en política
Obligatoriedad del voto
Establecimiento del deber de trabajar, cuidar de la salud, educar a los hijos, aplicar las energías intelectuales o corporales de uno para beneficio de la comunidad
Responsabilidad de los funcionarios públicos ante terceros por el ejercicio de su función
Recurso de inconstitucionalidad de las leyes como competencia de la Suprema Corte de Justicia
Constitucionalización de la Corte Electoral
Constitucionalización del Tribunal de los Contencioso Administrativo