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  • Derecho administrativo
    El derecho de la administración pública. Es la rama del ordenamiento jurídico que se ocupa de regular, con carácter general u ordinario, la organización de las administraciones públicas, el ejercicio que estas realizan de los poderes o potestades (especiales) que se les confían; y, en fin, su control judicial (y administrativo)
  • Características del derecho administrativo
    • Es un derecho estatutario y/o objetivo
    • Es un derecho común, independiente y autónomo
    • De privilegios-garantías
  • Estructuras y/o marco regulador del derecho administrativo

    • Pirámide jerárquico-normativa, compleja
    • Sistema de fuentes (leyes y reglamentos)
    • Diversidad de normas y niveles de ordenación-regulación (no solo estado)
    • Leyes "estúpidas" que no necesitan regulación
  • Consecuencias teóricas, prácticas y metodológicas del derecho administrativo
  • Origen del derecho administrativo en las revoluciones liberales
    Finales del siglo XVIII
  • Elementos que dan como resultado el derecho administrativo moderno
    • Principio de la separación de poderes
    • Contrato social de Rousseau
    • Administración en el poder ejecutivo
  • Evolución del derecho administrativo
    • Administración de derecho
    • Administración democrática
    • Administración social
    • Estado descentralizado
  • Retos a los que se enfrenta la administración
    • Globalización
    • Huida del derecho administrativo
    • Mejora de los servicios públicos
    • Gobierno abierto
    • Administración digital
  • Particularidades del derecho administrativo español
  • rma un profesor, ya que es el responsable
  • La introducción de la administración digital no es sencilla
  • El derecho administrativo analiza lo que pide el ciudadano antes de concedérselo
  • Hay que partir de los problemas, de los retos, del origen
  • En España si hay presentes una serie de particularidades que sustenta su ecosistema en el país
  • El derecho administrativo es de procedencia francesa y no llega a España hasta que no tiene recorrido una gran parte en el siglo XIX
  • El derecho administrativo español es más tardío
  • El consejo español existe en España, pero las funciones que tiene en España no son las que tiene en Francia
  • Hay un orden jurisdiccional pensado solo para la administración pública
  • En España hay 3 poderes ejecutivo, legislativo y judicial; si yo tengo un problema en cualquier de los tres poderes tengo que ir a otro poder para poder discutirlo
  • En Francia no es así. Si alguien tiene un problema con la administración va al consejo del estado de la administración francesa
  • El español está inspirado en el francés, pero están incorporándose nuevas normas del modelo inglés anglosajón
  • El crear agencias son fórmulas del estado inglés, y España lo ha absorbido; existen agencias públicas como el "BOE"
  • En España tenemos una cuestión, problema, reto u oportunidad, depende de cómo se vea desde el punto de vista de cada persona; es la cuestión territorial
  • Hoy en día, somos un estado autonómico
  • Si España deja de ser un estado autonómico en X años, y, se convierte en estado federal, afectaría a la rama del derecho administrativo
  • El derecho administrativo es el derecho de las administraciones públicas
  • La administración pública está sujeta a la Constitución Española
  • Administración Pública
    La organización social, dotada de personalidad jurídica y de poder público, con la finalidad institucional de servir al interés general sometiéndose plenamente al Derecho y al Control judicial
  • No existe una definición legal acabada, unívoca, ni pacíficamente admitida
  • Los 5 caracteres de la administración pública
    • Organización social
    • Personalidad jurídica
    • Poder público
    • Finalidad institucional de servir al interés general
    • Sometimiento pleno al derecho y al control judicial
  • Organización social
    Creada por la colectividad. Es el conjunto de la administración local, la administración autonómica y la administración estatal. Realiza actividades para satisfacer necesidades a los ciudadanos, presta servicios como; sanidad, educación, limpieza, servicio policial, justicia, etc. Está dotado de una serie de medios (materiales físicos para desarrollar su actividad, personales y presupuestarios, que cuestan dinero)
  • Personalidad jurídica
    Es fundamental para poder actuar en el mundo del derecho. Existe capacidad jurídica (cualquier persona en el mundo, incluso un bebé) y capacidad para obrar (nivel de madurez). La administración pública es un centro de imputación de relaciones jurídicas, tiene derechos y deberes, y puede intervenir en el "tráfico jurídico"
  • Poder público

    Persigue satisfacer los derechos generales. Tiene potestades (prerrogativas y privilegios que se imponen a los ciudadanos). Existen potestades regladas (poder determinado por la norma) y potestades discrecionales (margen de discrecionalidad a la administración pública, siempre dentro de la legalidad)
  • Finalidad institucional de servir al interés general
    Es el elemento clave de la administración pública. Si esta no sirve al interés general o público, mejor que no exista. Puede haber desviación de poder privado (apartarse del interés general para dirigirse a un interés privado) o desviación de poder público (apartarse del objetivo público para conseguir otro objetivo público diferente)
  • Sometimiento pleno al derecho y al control judicial
    Es básico para la administración pública por la propia afirmación del estado de derecho. Está sujeta a multitud de normas, y el poder judicial controla y fiscaliza que actúe conforme a derecho. Existe un orden jurisdiccional específico, el contencioso administrativo, que controla los actos de la administración pública
  • La administración pública forma parte del poder ejecutivo, por lo que está sujeta al ordenamiento jurídico, y, la primera norma a la que está sujeta es la Constitución
  • La constitución no define la administración pública. Nos dice lo que hace, nos dice para lo que esta, pero no nos dice lo que es
  • Estado de derecho
    La administración pública está sujeta a la constitución y a las leyes. Tiene potestades o poderes especiales para actuar en el marco de la legalidad, y no puede sobrepasar los derechos y facultades reconocidos a los ciudadanos
  • Estado democrático
    Las decisiones emanan de todos los poderes del estado, incluido el ejecutivo. La soberanía reside en el pueblo español, que elige a sus representantes. La administración pública debe volverse más participativa, utilizando vías de participación pública
  • Estado social
    El estado presta servicios de interés general y servicios públicos. Nace a mediados del siglo XX, al final de la II Guerra Mundial en Alemania en 1945