Descentralizado

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  • Descentralización administrativa
    Sistema de organización administrativa que crea organismos fuera del poder central, que tienen autonomía, personalidad jurídica y patrimonio propio con el objeto de llevar a cabo actividades prioritarias, servicios públicos y la obtención o aplicación de recursos para fines de asistencia o seguridad social, y en donde la autoridad central sólo ejerce funciones de control y vigilancia
  • Elementos de la descentralización administrativa
    • Concepto
    • Función y estructura
    • Descentralización por región
    • Descentralización por servicio
    • Descentralización por colaboración
    • Desconcentración administrativa
    • Concesiones
  • Descentralización por región
    Organización administrativa destinada a manejar los intereses colectivos de una población radicada en determinado territorio
  • El municipio es el único organismo descentralizado por región que existía en México
  • Municipio
    • Base de la división territorial y de la organización política y administrativa de una entidad federativa
    • Tiene autonomía orgánica otorgada por la Constitución Federal y autonomía técnica para realizar sus fines
    • Tiene personalidad jurídica propia y patrimonio propio
    • Es administrado por un Ayuntamiento de elección popular directa
  • Servicios públicos que los municipios deben cumplir
    • Agua potable y alcantarillado
    • Alumbrado público
    • Limpia
    • Mercados y centrales de abasto
    • Panteones
    • Rastro
    • Calles, parques y jardines
    • Seguridad pública y tránsito
    • Los demás que las legislaturas locales determinen
  • Ingresos principales de los municipios
    • Participaciones federales
    • Ingresos derivados de la prestación de servicios públicos a su cargo
    • Impuestos municipales (prediales y traslativos de dominio)
    • Los que el Estado establezca a su favor
    • Multas, recargos, etc.
  • Descentralización por servicio
    Organización administrativa que crea organismos dotados de capacidad y conocimientos técnicos para satisfacer una necesidad de orden colectivo
  • Descentralización por servicio
    La organización administrativa descentralizada por medio de la cual se crean organismos dotados de capacidad y conocimientos técnicos especiales o profesionales para satisfacer una necesidad de orden colectivo que requiere de dichas técnicas
  • El Estado no puede llevar a cabo en forma directa la realización de todos los servicios públicos que la población requiere, y que no posee las técnicas y las habilidades en todos los campos de la ciencia y tecnología, y es necesario que satisfaga las necesidades colectivas, crea organismos fuera de su régimen centralizado que cuenten con la técnica y conocimientos para cubrir una necesidad por medio de ese servicio especial
  • Los organismos descentralizados por servicio tienen las mismas características que los descentralizados en cuanto a su objeto, elementos de constitución, registro público de organismos descentralizados, control y evaluación
  • Los apoyos a los organismos descentralizados por servicio son más fuertes, sobre todo porque con los servicios que llevan a cabo estos organismos técnicos y especializados cubren y satisfacen una necesidad general de la población
  • Organismos descentralizados por servicio en México
    • Instituto Mexicano del Seguro Social
    • Comisión Federal de Electricidad
    • Universidad Nacional Autónoma de México
    • Ferrocarriles Nacionales de México
    • Comisión Nacional de Subsistencias Populares (Conasupo)
  • Empresas descentralizadas de gobierno (paraestatales)

    Unas las utiliza el gobierno para que produzcan ganancias, como Petróleos Mexicanos<|>Otras son creadas para proporcionar un servicio público y cubrir una necesidad social, sin importar que no sean rentables o autofinanciables, como la Universidad Nacional Autónoma de México
  • Descentralización por colaboración
    Una de las formas del ejercicio privado de las funciones públicas, donde organismos privados realizan a nombre propio actividades que son de fondo y contenido un servicio público y están autorizadas para realizarlo por el poder público
  • Existe una corriente teórica que se opone a clasificar como organismos descentralizados de la administración pública a estas empresas privadas que colaboran con el Estado, argumentando que no realizan una función pública o un servicio público
  • Desconcentración administrativa
    La transferencia de facultades que la administración pública centralizada hace a ciertos órganos inferiores, para que en la esfera de su competencia y territorialidad resuelvan cuestiones administrativas
  • Características de la desconcentración administrativa

    • Está dentro de la centralización administrativa
    • La relación jerárquica de superior a inferior se hace más patente
    • No tienen autonomía económica
    • La autonomía técnica es la justificación real
    • La competencia se ejerce dentro de las facultades del gobierno federal
    • Se regula mediante ley, decreto, acuerdo o reglamento
    • No tiene personalidad jurídica propia ni autonomía orgánica
  • El fundamento legal de la desconcentración administrativa está en el artículo 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
  • Desconcentración administrativa
    Cuando se transfieren facultades por organismos centralizados a instituciones inferiores para resolver cuestiones administrativas
  • El fundamento legal de la desconcentración administrativa lo tenemos en el artículo 17 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
  • Organismos desconcentrados
    Facultades específicas para resolver sobre la materia y dentro del ámbito territorial que se determine
  • Concesiones
    Acto administrativo del Poder Ejecutivo en el que otorga a un particular el aprovechamiento o explotación de un servicio público o bienes del Estado
  • Tipos de concesiones
    • Concesión para explotar un servicio público
    • Concesión para explotar bienes de dominio directo o propiedad de la nación
  • Concesión del servicio público
    Cuando un organismo público concede a una persona física o moral el manejo de un servicio público bajo el control de la autoridad concedente
  • Concesión para la explotación de bienes
    Poder que otorga el Ejecutivo a un particular para el aprovechamiento de los productos de la explotación de determinados bienes, de manera temporal
  • Sujetos jurídicos en la concesión del servicio público
    • Concedente (Poder Ejecutivo)
    • Concesionario (particular)
    • Público (recibe los beneficios)
  • Sujetos jurídicos en la concesión para la explotación de bienes
    • Concedente (Poder Ejecutivo)
    • Concesionario (particular)
  • Rescate
    Derecho del organismo público de poner fin al contrato de concesión, con su respectiva indemnización
  • Reversión
    Derecho del Estado para hacerse propietario de las instalaciones y obras materiales realizadas por el particular al término de la concesión